Registro y Protectorado de Fundaciones de competencia estatal

El objeto de la modificación es concentrar en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte todas las funciones de protectorado de las fundaciones de competencia estatal, con la única excepción de las fundaciones bancarias, que mantienen sus singularidades previstas en la Ley de cajas de ahorros y fundaciones bancarias. Las funciones se encomiendan a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Subdirección General de Fundaciones.

Esta modificación implica: La derogación de los preceptos de los Reales Decretos de estructura orgánica básica de los Ministerios que ejercían hasta ahora funciones en materia de protectorado. En concreto, se modifican los relativos a los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Empleo y Seguridad Social, Industria, Energía y Turismo, Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Justicia y Fomento. La identificación de los efectivos que desempeñarán las funciones de registro y que se adscribirán al Ministerio de Justicia tan pronto como se publique la Orden que determine la entrada en funcionamiento del Registro Único.

El Real Decreto también atribuye a la Subsecretaría las funciones de publicidad activa, así como las relacionadas con el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, a través de la Oficina de Atención al Ciudadano, que se convierte en Unidad de Información de Transparencia del Ministerio.

La Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) incluyó, entre sus medidas, la implantación de un único Registro de Fundaciones y un único Protectorado de competencia estatal para las fundaciones que desarrollen su actividad en todo el territorio del Estado o, principalmente, en el territorio de más de una Comunidad Autónoma.

Desde el año 2002 está prevista la existencia de un Registro único de Fundaciones de competencia estatal dependiente del Ministerio de Justicia. Está previsto que en las próximas semanas entre en funcionamiento.

La Ley de racionalización del sector público de 2015, ha estableció que en el plazo máximo de un año las funciones de protectorado respecto de las fundaciones de competencia estatal serán ejercidas por la Administración General del Estado a través de un único órgano administrativo, en la forma que reglamentariamente se determine.

El efecto combinado de ambas medidas supondrá la racionalización de las estructuras administrativas. Se da respuesta, además, a las demandas de sector, que viene reclamando, a través de la Asociación Española de Fundaciones, la creación de este protectorado único en la Administración General del Estado.

Si quieres puedes descargar aquí la legislación que descrita:

Registro de fundaciones Orden PRE_2537_2015, de 26 de nov funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

Fundaciones Protectorado R D 1066_2015, de 27 nov estructura orgánica básica del Ministerio de Educación,

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